Uno de los problemas que ha planteado la regulación española en materia de vacaciones como consecuencia del vacío legal de la misma, ha sido el relativo a la concurrencia entre las vacaciones y un período de incapacidad temporal. Más concretamente la cuestión es si un trabajador tiene derecho a un cambio de fechas para el disfrute de sus vacaciones cuando estas coinciden con una situación de incapacidad temporal; o expresado en otros términos, si el derecho del trabajador a las vacaciones anuales retribuidas implica, o no, el derecho a un disfrute efectivo de las mismas, que puede imponerse al empresario, que tendrá la obligación, no sólo de facilitar al trabajador el período de vacaciones, sino también su efectivo disfrute.
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